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Podemos definirlo como «la cesión de los créditos comerciales, propiedad del cliente y derivados de sus ventas a terceros, a favor de una entidad financiera que presta un conjunto de servicios administrativos y económico-financieros«.
Empresa que tiene un contrato / pedido / acuerdo para la venta de mercancía o prestación de servicios a sus clientes con los que ha pactado un plazo y una forma de cobro.
Son los compradores de la mercancía / servicios al cliente y que aplazan el pago al mismo.
Es la sociedad a la que el cliente cede los créditos comerciales a cargo de los deudores, los cuales, al vencimiento de éstos pagan a la sociedad de factoring el importe de los mismos.
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Seguro de Responsabilidad Civil y Garantías financieras conforme a Ley
R.M. de Valencia, Tomo 6.329, Libro3634, Folio198, Sección General del Libro de Sociedades, Hoja V-65619, Inscripción2º,-C.I.F.: B-96864533